Convocan a audiencia pública para la nueva tarifa de EDERSA

El Ente Provincial Regulador de la Electricidad –EPRE- anunció el llamado a audiencia pública para revistar la tarifa de electricidad para los próximos cinco años, de acuerdo a la propuesta presentada por la empresa EDERSA el 30 de octubre del año pasado, según lo establece la Ley 2.902.

La audiencia se realizará el próximo lunes 26 de julio a las 10, y por la emergencia sanitaria se llevará a cabo en forma virtual desde la sede del organismo contralor, ubicada en 9 de julio 174 de esta ciudad.

El “Registro de Participantes y Oradores” se abrió el pasado el 28 de junio, y permanecerá abierto hasta el hasta la medianoche del 22 de julio, indica la Resolución publicada en el Boletín Oficial. Los interesados en intervenir deben completar el formulario que aparece en la web https://www.eprern.gov.ar/audienciaspublicas_ edersa.html.

En esa misma dirección se encuentran las actuaciones elaboradas por la distribuidora EDERSA “para conocimiento y consulta de cualquier interesado”.

Se designó para actuar como Defensor del Usuario a Adrián Gorostiaga y la presidencia del acto estará a cargo la titular del Ente, Isabel Tipping.

Tiempo de los oradores

La Resolución del EPRE establece que los representantes de Edersa contarán con 45 minutos “para exponer un resumen de los aspectos más relevantes de la propuesta tarifaria”. El mismo lapso tendrá el Defensor del Usuario, mientras que las personas físicas dispondrán de cinco minutos, en tanto que los representantes de personas jurídicas, organismos o entidades interesadas, tendrán una intervención de 10 minutos.

Consultivo y no vinculante

Las audiencias públicas están reguladas en la provincia de Río Negro por la ley 3284, la define que se trata de una “instancia de expresión y/o reclamos colectivos por porte de los usuarios ante los Entes Reguladores de Servicios Públicos, o en el proceso de toma de decisiones administrativas del Poder Ejecutivo, para que todos aquellos que puedan verse afectados o tengan un interés particular expresen su opinión respecto de ella”.

En cuanto a las conclusiones de la Audiencia, la norma provincial expresa que “las opiniones recogidas” durante su desarrollo son “de carácter consultivo y no vinculante”.

De todos modos, se aclara que «la omisión de la convocatoria a la audiencia pública cuando ésta sea un imperativo legal o su no realización por causa imputable al órgano convocante, es causal de nulidad del acto que se produzca en consecuencia, quedando abierta la actuación judicial”.

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