El hecho tuvo como víctima a un trabajador de prensa, quien fue atacado durante un procedimiento de rutina.
Tres policías de la ciudad de Catriel fueron condenados por la golpiza sufrida por un trabajador de prensa durante un operativo de rutina. La declaración de responsabilidad se conoció hoy(24/11) y en las próximas semanas se fijarán las penas que deben cumplir por el delito de lesiones leves calificadas por su carácter de funcionario público.
Los efectivos condenados fueron identificados como Nelson Torres y Sergio Inostroza mientras un tercero, Carlos Berdugo, fue considerado autor pero del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
De esta forma, con la lectura de la sentencia, quedó cerrado un proceso que se desarrolló en distintas audiencias, con el paso de testigos y la exposición de los alegatos de los acusadores y la defensa. Durante el juicio, se analizó la responsabilidad de los tres policías en dos hechos ocurridos el 1 de septiembre del año pasado en Catriel. Según el relato de la víctima, Elio Carrasco, la Policía les pidió su documentación personal a él y dos amigos y luego, sin ninguna razón, dos agentes lo empezaron a golpear. Malherido, fue trasladado hasta la Comisaría Novena y permaneció detenido varias horas.
Los tres uniformados fueron encontrados culpables por el primer hecho y uno de ellos logró evitar sumar una declaración de culpabilidad por lo sucedido en la unidad policial, donde supuestamente Carrasco había sido retenido sin ningún tipo de autorización judicial.
Torres e Inostroza fueron apuntados como los agentes que golpearon a la víctima y a Berdugo se le atribuyó el incumplimiento de la Ley 5184 -Ley Orgánica de la Policía-, no frenando la golpiza y limitándose a mirar lo que sucedía, explicaron fuentes judiciales.
La sentencia fue elaborada por la jueza María Florencia Caruso y la parte acusadora estuvo representada por el Ministerio Público Fiscal de Cipolletti y la querella.
Definida la responsabilidad de los policías, la Oficina Judicial deberá ahora fijar la fecha del juicio de cesura, donde los acusadores avanzarán con el pedido de penas. De igual modo, el fallo no se encuentra firme y los condenados podrán impugnarlo. (LMC)