La Cámara del Trabajo de la Justicia de Viedma se pronunció en torno a un reclamo de empleados policiales y que se ordene la correcta liquidación del adicional por «zona desfavorable» y el pago de las diferencias de haberes correspondientes.

En la demanda se reclama el pago de 727.919,87 pesos conforme el cálculo provisorio que practica. Solicita además el ingreso, a los organismos previsionales correspondientes, de los aportes y contribuciones que resulten como consecuencia de las diferencias salariales que pretende y que se encuentren a cargo de la demandada.

El fallo fue firmado los jueces Rolando Gaitán, Carlos Marcelo Valverde y Gustavo Guerra Labayén, y hace lugar parcialmente a la demanda y reconocer el carácter remunerativo de los adicionales “presentismo”, “suma no remunerativa seguridad» y “Decreto 1142/11”, y declarar, a ese solo efecto, la inconstitucionalidad de las normas que les dieran origen en cuanto les asignan carácter «no-remunerativo».

Dispone asimismo que, tanto los suplementos referidos en el punto precedente como los denominados “extensión horaria» y “suma remunerativa policial”, integren la base para el cálculo de la compensación por «zona desfavorable», y se proceda a su liquidación retroactiva por todo el período no prescripto (desde octubre de 2019 -tres años antes de la interposición de la demanda conf. Ley 5339- hasta el presente) con los intereses correspondientes calculados de acuerdo con la tasa fijada en el precedente “Fleitas” del Superior Tribunal de Justicia, y desde aquí en adelante.

Además ordena a las partes que, en el término de 15 días, presenten planilla de liquidación de las diferencias salariales que aquí se reconocen, bajo apercibimiento, en caso de no hacerlo, de designar perito contador a los fines de la realización del cálculo pertinente.(((NN))

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